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El 1-2-3 Cooperativista en la Isla

Por: Myra Sánchez

Con la celebración del Mes del Cooperativismo, se reconoce que se trata de una importante herramienta que ha sido y es importante para la economía de muchos puertorriqueños.  En Puerto Rico, el movimiento cooperativista se origina con La Sociedad de Socorro Mutuo Los Amigos del Bien Público en el 1873 (año en que también ocurrió la Abolición de la Esclavitud en la Isla). Fundada por Santiago Andrade, considerado el padre del cooperativismo puertorriqueño, esta “cooperativa” ofrecía servicios de salud, atención de enfermería para los obreros, a las viudas de estos y a sus huérfanos.

Para el 1893, proveía crédito a sus socios y, en su proceso evolutivo, tuvo como gestor al doctor José Celso Barbosa, quien como médico y político, respaldó la nueva forma de asociarse entre la clase trabajadora de esos tiempos.

En 1920, se crea la reglamentación de cooperativas de Producción y Consumo y en la década del 40, el entonces gobernador de Puerto Rico, Luis Muñoz Marín, hace un estudio sobre el Movimiento Cooperativo, cuyos resultados provocan el surgimiento de la primera Ley General de Sociedades Cooperativas y la eventual creación de La Liga de Cooperativas.

Una de las instituciones que contribuyó durante la década del 50 fue la Iglesia Católica, que bajo la dirección del entonces monseñor Antulio Parrilla, creó sobre 35 cooperativas de crédito parroquiales y una oficina central de Acción Social que ofrecía seminarios y congresos para orientar a los católicos sobre el cooperativismo.

En la década de los 60 se fundan la Cooperativa de Seguros de Vida (COSVI) y la Cooperativa de Seguros Múltiples, dos cooperativas de segundo orden (o sea, que pertenecen a otras cooperativas y son creadas para cumplir con unos propósitos particulares) que siguen ofreciendo en sus carteras alternativas de seguros competitivas para sus socios y público general.

Los datos confirman que los socios y los depósitos de las cooperativas de Puerto Rico han logrado un crecimiento sostenido. Suministrada.

Aunque en años recientes se ha reducido el número de cooperativas en la Isla, la cantidad de socios y de activos han logrado un aumento sostenido. Se estima que en la Isla existen unas 100 cooperativas de ahorro y crédito, con activos de alrededor de $11 mil millones, que dan servicio a más de 1,136,000 socios. Entre estas, existe un grupo pequeño de cooperativas federales que sirven a socios selectos, según su campo de membresía.

ENTIDADES QUE AGRUPAN, FOMENTAN Y REGLAMENTAN EL SECTOR COOPERATIVISTA EN LA ISLA:

Liga de Cooperativas: Institución privada, sin fines de lucro, creada, dirigida y sostenida por las cooperativas de Puerto Rico. En ella se agrupan cooperativas, federaciones y centrales de cooperativas legítimamente organizadas en Puerto Rico para defender intereses comunes del movimiento, adelantar su desarrollo y promover la educación e integración cooperativa.

Asociación de Ejecutivos de Cooperativas: Entre otros objetivos están los de proveer a todo profesional cooperativista, mecanismos de capacitación para el logro de la excelencia administrativa y promover el trabajo en equipo entre las cooperativas. Promueve la representación de asociados en foros locales e internacionales para estar a la vanguardia en la optimización de productos y servicios, y facilita vínculos con la industria financiera para asegurar la competitividad dentro de esta industria.

CDCOOP: Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico. Creada por la Ley Núm. 247, del 10 de agosto del 2008, como una entidad jurídica de la rama ejecutiva de Puerto Rico, con el propósito de brindar los siguientes servicios.

  • Promover la creación de nuevas cooperativas y brindarles asesoramiento en las distintas etapas de su organización, incorporación y funcionamiento.•Promover intensamente el cooperativismo en los sectores de producción, servicios, vivienda y juvenil.•Proporcionar educación cooperativa continua y sistemática a los socios, líderes, empleados, administradores de cooperativas y la comunidad en general.
  • Brindar servicios técnicos en administración, contabilidad y gerencia, campañas de promoción de socios, capitalización y patrocinio.

Hacerte socio de una cooperativa puede ser la llave para hacer excelentes transacciones de negocio, tanto de ahorro como de crédito. Suministrada.

COSSEC: Corporación Pública para Supervisión y Seguro de Cooperativas de Puerto Rico (COSSEC). Esta corporación surge de la Ley Núm. 114, del 17 de agosto de 2001 y está adscrita a la Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico, mediante la Ley Núm. 247 de 2008. Además, administra el Fondo del Seguro de Acciones y Depósitos asegurando las acciones y depósitos de los más de 1.3 millones de socios y depositantes de las cooperativas de ahorro y crédito que operan bajo la Ley Núm. 255-2002. Actualmente iguala a la banca privada en la cubierta de seguro individual de socios hasta en $250,000.
NCUA: National Credit Union Administration es la agencia federal independiente que regula, establece y supervisa las cooperativas de crédito federales. Con el respaldo de la plena fe y crédito del gobierno estadounidense, la NCUA opera y administra el National Credit Union Share Insurance Fund (NCUSIF), asegurando depósitos en 12 cooperativas federales dando servicio en Puerto Rico. En abril de 2023, NCUA Y COSSEC firmaron un Memorando de Entendimiento, con una vigencia de tres años, con la intención de colaborar en iniciativas educativas para examinadores que incluyen, entre otros, seminarios web, eventos de capacitación y material escrito.
Banco Cooperativo/BANCOOP: Según descrito en su página web, el Banco Cooperativo tiene como misión promover el bienestar general de las cooperativas de ahorro y crédito (sin competir con estas), proveyéndoles productos y servicios financieros de calidad para las cooperativas y sus socios. Lo anterior, mediante la centralización y canalización de volúmenes en dinero y transacciones que le garanticen costos competitivos. Entre otros objetivos está proveer total confidencialidad de información, mantener el banco a la vanguardia en avances tecnológicos de la industria financiera y realizar alianzas estratégicas que fortalezcan su participación en esta industria.

TIPOS DE COOPERATIVAS:

Dentro del sector financiero en Puerto Rico, se pueden encontrar las siguientes cooperativas:
Cooperativas de Ahorro y Crédito: Se organizan para ofrecer servicios financieros como cuenta de ahorro, préstamos personales, préstamos de auto, hipotecas, entre otros, a mejores tasas de interés y accesibles a personas de moderados recursos económicos. Se rigen especialmente por las disposiciones de la Ley 255 de 2002, Ley de Sociedades de Cooperativas de Ahorro y Crédito.
Cooperativas de Seguros: Son cooperativas de segundo grado, o sea, pertenecen a otras cooperativas. Se rigen especialmente por el capítulo 34 del Código de Seguros de Puerto Rico.
Cooperativas de Trabajo Asociado: Son cooperativas de autogestión en las que los socios de unen para gestionar empleo y trabajar unidos para brindar servicios o productos a las personas. Los trabajadores se organizan para ser dueños de los medios de producción y dirigir democráticamente su empresa. Se rigen principalmente por la Ley 239 de 2004, Ley de General de Sociedades Cooperativas.
Cooperativas de Consumidores y Usuarios: Su actividad principal es el comercio de bienes y servicios para satisfacer necesidades de uso y consumo de forma que puedan obtener mayor calidad a precios accesibles. Se rigen principalmente por la Ley 239 de 2004, Ley de General de Sociedades Cooperativas.
Cooperativas de Vivienda: Se dedican a la administración, compra, construcción, venta, alquiler y cualquier otra actividad relacionada con la vivienda y convivencia comunitaria. Representan la alternativa para familias cuyos ingresos no les cualifican para vivienda subsidiada por el gobierno, ni para comprar viviendas privadas. Se rigen principalmente por la Ley 239 de 2004, Ley de General de Sociedades Cooperativas.
Cooperativas Juveniles: Cooperativas organizadas por menores de 29 años, en un plantel escolar, público o privado, comunidad o institución universitaria, con el fin de desarrollar el respeto por los demás, su autoestima y la capacidad para tomar decisiones. Se rigen principalmente por la Ley 220 de 2002, Ley Especial de Cooperativas Juveniles.
Cooperativas Comerciales: Son asociaciones patronales de pequeñas y medianas empresas que emplean trabajadores asalariados y se unen para mercadear productos y rebajar costos por medios de compras por volumen. Se rigen por Ley 239 de 2004, Ley General de Sociedades Cooperativas.

Al final, la realidad económica de los últimos tiempos no solo ha fortalecido el desarrollo del Cooperativismo, si no que ha dado a los consumidores la oportunidad de beneficiarse con alternativas particulares para sus socios.


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